BASES

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BASES DEL “PREMIO A LAS MEJORES OPERACIONES CORPORATIVAS DEL AÑO 2023 REALIZADAS EN CATALUÑA” (EL “CONCURSO”)

 

  1. ORGANIZADORA

La organización del presente Concurso corre a cargo de la asociación ACG Spain (en adelante, “ACG Spain” o la “Organizadora”) con domicilio social en Barcelona, Beethoven, 15 4ta planta (08021), N.I.F. G.65451718 y dirección de correo electrónico anacoll@acg.org.

  1. ÁMBITO TEMPORAL

Fecha de comunicación de las Operaciones Corporativas ganadoras: La Organizadora hará público el nombre de las operaciones ganadoras en la Ceremonia de Entrega (las “Operaciones Corporativas Ganadoras”) y en la Página del Concurso que se determinará y tendrá lugar durante el primer semestre de cada año. No obstante lo anterior, la fecha podría verse modificada por causas ajenas a la Organizadora.

  1. OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DEL CONCURSO

El objeto del Concurso consiste en premiar aquellas empresas que, mediante su participación en Operaciones Corporativas contribuyen al desarrollo del mercado de M&A en Cataluña así como difundir y ensalzar el valor de la misión llevada a cabo por ACG Spain. El Concurso comprende dos categorías: (i) el premio a la mejor operación corporativa de mid-market (entendiéndose a estos efectos como operaciones de mid-market todas aquellas operaciones que supongan una valoración de la empresa adquirida –o de las empresas fusionadas- no superior a 50.000.000 €); y (ii) el premio a la mejor operación corporativa de gran volumen (entendiéndose a estos efectos como operaciones de gran volumen todas aquellas operaciones que supongan una valoración de la empresa adquirida –o de las empresas fusionadas- superior a 50.000.000 €).  

Los Criterios de Selección seguidos para escoger a las mejores Operaciones Corporativas de cada año de entre las operaciones propuestas al Concurso serán los siguientes (los “Criterios de Selección”):

  • La estrategia seguida en la conclusión de las Operaciones Corporativas; 
  • El impacto de las Operaciones Corporativas en el desarrollo de la empresa adquiriente y en la empresa vendedora así como en el mercado;
  • La complejidad de las Operaciones Corporativas y su duración;
  • El carácter innovador o novedoso de las Operaciones Corporativas.
  • Las necesidades de financiación requeridas por las Operaciones Corporativas, así como el valor de la misma;
  • En términos generales, se valorarán las Operaciones Corporativas que destaquen las estrategias que las empresas están siguiendo para ser más competitivas o que apunten los retos necesarios que deben abordar con ese objetivo.
  • Finalmente, se valorará especialmente el impacto social que tenga o vayan a tener las Operaciones Corporativas, por los puestos de trabajo directos o indirectos que pueda crear, desarrollo de nuevas actividades, inversiones, etc.

Tal y como se establecerá en el apartado 5 siguiente, el Jurado tendrá, asimismo, la facultad de otorgar un accésit a alguna de las Operaciones Corporativas que no sea designada como Operación Corporativa Ganadora bajo las categorías, pero que, por la relevancia de la propia Operación Corporativa, el Jurado considere importante difundir y reconocer públicamente.

  1. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
    1. Podrán participar en el presente Concurso las empresas que, teniendo su principal establecimiento en el Territorio, hayan participado en una Operación Corporativa.
    2. La participación en el Concurso está limitada a empresas que tengan su establecimiento principal en el Territorio.
    3. La participación en el Concurso es gratuita.
    4. El Premio objeto del Concurso tiene carácter personal e intransferible, por lo que en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición de la Empresa Ganadora, sin que quepa su cesión a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la Organizadora.
    5. La Organizadora se reserva el derecho de modificar o ampliar estas Bases, en cualquier momento.
    6. La Organizadora quedará eximida de toda obligación o compensación hacia los participantes en el Concurso si por causa de fuerza mayor o imperativo legal el Concurso hubiera de ser anulado o suspendido, situación que la Organización pondría convenientemente en conocimiento de los participantes.
  2. PREMIO
    1. El presente Concurso está dotado con un premio consistente en un obsequio de carácter conmemorativo (en adelante, el “Premio”).
    2. Además del Premio, el Jurado podrá considerar la concesión de un accésit a alguna Operación Corporativa distinta de las ganadoras del Premio, conforme lo indicado en el apartado tercero anterior.
  3. PROCESO
    1. La Junta Directiva de ACG Barcelona propondrá un mínimo de seis (6) Operaciones Corporativas al Jurado en cada categoría. El Jurado designará las tres (3) Operaciones Corporativas finalistas en cada categoría, designándose, asimismo, una cuarta Operación Corporativa en reserva en cada categoría (todas ellas, las “Empresas Finalistas”).  
    2. Tanto la Junta Directiva de ACG Barcelona como el Jurado evaluarán las Operaciones Corporativas presentadas al Concurso teniendo en cuenta los Criterios de Selección (tal y como dicho término se define más adelante). Si, por cualquier motivo, cualquiera de las tres (3) Operaciones Corporativas finalistas quedara descartada durante el procedimiento de elección de las Operaciones Corporativas Ganadoras, se tendrá en consideración la Operación Corporativa en reserva de la categoría correspondiente.
    3. El Jurado queda facultado para resolver cualquier aspecto no previsto en las presentes Bases.
    4. Las tres (3) Operaciones Corporativas designadas por el Jurado para cada categoría (incluyendo en su caso, la cuarta Operación Corporativa en reserva) serán sometidas a votación de todos los socios de ACG Barcelona, para que éstos designen la Operación Corporativa ganadora para cada categoría y, por tanto, la Empresa Ganadora en cada categoría (las “Empresas Ganadoras”).
    5. El veredicto de los socios de ACG Spain  será irrevocable (salvo por lo previsto en el apartado 7.3 siguiente).
  4. ELECCIÓN DE LAS OPERACIONES CORPORATIVAS GANADORAS
  5. La elección de las Operaciones Corporativas Ganadoras podrá ser comunicada a las Empresas Ganadoras con anterioridad a la ceremonia de entrega del Premio (la “Ceremonia de Entrega”). Sin perjuicio de lo anterior, la Organizadora se reserva el derecho a comunicar las Empresas Ganadoras directamente durante la Ceremonia de Entrega. La decisión sobre cuándo se confirmarán las Empresas Ganadoras, esto es, si con anterioridad o durante la Ceremonia de Entrega, se comunicará a las Empresas Finalistas en la convocatoria a la Ceremonia de Entrega.
  6. Cada una de las Empresas Finalistas del Concurso, debidamente convocadas por la Organizadora, deberá confirmar la asistencia a la Ceremonia de Entrega, aceptando el Premio en caso de salir como Empresa Ganadora. La negativa a asistir a la Ceremonia de Entrega, o aceptar de antemano un potencial Premio, facultará a ACG Spain a a designar como Operación Corporativa Ganadora (y, por consiguiente, como Empresa Ganadora) a aquella de las Operaciones Corporativas (y, por consiguiente, a aquella de las Empresas Finalistas) designadas por el Jurado que haya quedado en segundo lugar (o sucesivos) entre las Empresas Finalistas en la votación de los socios de ACG Barcelona en la categoría correspondiente.

Si esta segunda Empresa Finalista también se negase a asistir a la Ceremonia de Entrega, o aceptar de antemano un potencial Premio, ACG Spain designará a la Operación Corporativa (y, por consiguiente, Empresa Finalista) que haya quedado en tercer lugar en la categoría correspondiente.

Si la tercera Empresa Finalista también se negase a asistir a la Ceremonia de Entrega, o aceptar de antemano un potencial Premio, ACG Barcelona podrá designar la Operación Corporativa (y, por consiguiente, Empresa Finalista) que haya quedado en reserva en la categoría correspondiente, o incluso optar entre reiniciar todo el proceso o declarar el Concurso desierto en la categoría correspondiente.

Las Empresas Finalistas a requerimiento previo de ACG Sapin, deberán aportar o, en su caso, colaborar en una breve presentación de la Operación Corporativa por las que han sido nominadas a la obtención del Premio, en el formato que la Organizadora considere conveniente (presentación power point, presentación audiovisual, entrevistas, etc.) y que podrá ser reproducido durante la Ceremonia de Entrega. Los parámetros específicos de dicha presentación serán comunicados por la Organizadora a las Empresas Finalistas, al menos diez (10) días antes de la celebración de la Ceremonia de Entrega, debiendo entregar las Empresas Finalistas a la Organizadora el material requerido en los cinco (5) días siguientes a dicho requerimiento. 

La entrega del Premio se llevará a cabo durante la Ceremonia de Entrega prevista inicialmente para un día del primer semestre de cada año, donde será obligatoria la presencia de las Empresas Finalistas, entre las cuales se encuentren las Empresas Ganadoras, y en la que participarán, entre otros, los miembros del Jurado. La fecha de la Ceremonia de Entrega podría verse pospuesta por causas ajenas a la Organizadora. En este caso, la Organizadora comunicará a las Empresas Finalistas la nueva fecha de celebración de la misma, manteniéndose su obligación de asistencia en los términos expuestos en las presentes Bases.

  1. DERECHOS DE IMAGEN

ACG Barcelona se reserva el derecho a convocar y permitir la asistencia a la Ceremonia de Entrega de cuantos medios de la información considere convenientes.

Al aceptar la asistencia en la Ceremonia de Entrega, y en su caso, la entrega del Premio, las Empresas Finalistas autorizan a ACG Barcelona para que con la finalidad de promocionar y difundir el Premio, las Operaciones Corporativas Ganadoras y/o los fines y actividades de ACG Barcelona: (i) capte la imagen, voz y/o declaraciones durante de la Ceremonia de Entrega así como durante cualquier acto previo o posterior a dicha ceremonia que esté, directa o indirectamente, relacionado con la misma; y (ii) reproduzca y/o fije todo lo anterior, en todo o en parte, de forma audiovisual, video-gráfica, fotográfica o en papel, entre otras formas.

  1. DEFINICIONES
    1. ACG Spain: significa la asociación ACG Spain quien es, a su vez, la organizadora del Concurso.
    2. Bases: significa las presentes bases.
    3. Ceremonia de Entrega: tiene el significado que se le asigna en la cláusula séptima de las presentes Bases.
    4. Concurso: significa el concurso “Premio a las mejores Operaciones Corporativas realizadas en Cataluña”, organizado por ACG Spain, bajo los términos y condiciones descritos en estas Bases.
    5. Criterios de Selección: tiene el significado que se le asigna en la cláusula tercera de las presentes Bases.
    6. Empresas Finalistas: significa algunas de las empresas que hayan participado en las Operaciones Corporativas que resulten finalistas del Concurso, tal y como se describen en la cláusula sexta de las presentes Bases.
    7. Empresas Ganadoras: significa algunas de las empresas que hayan participado en las Operaciones Corporativas que resulten ganadoras del Premio, tal y como se describen en la cláusula sexta de las presentes Bases.
    8. Jurado: significa el jurado independiente encargado de seleccionar a las tres (3) Empresas Finalistas y la cuarta Empresa Finalista en reserva entre las empresas propuestas por la Junta Directiva de ACG Barcelona de conformidad con lo establecido en las presentes Bases. Estará formado por cuatro (4) miembros designados por la Junta Directiva de ACG Barcelona más el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva de ACG Spain. El Secretario tendrá derecho de voz pero no de voto.
    9. Territorio: El ámbito territorial del Concurso será Cataluña.
    10. Operación Corporativa: significa cualquier operación corporativa (compraventas, tomas de participación, fusiones y similares) concluida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año, ambos inclusive, debiendo estar situado el establecimiento principal de, al menos, la empresa candidata, en Cataluña. A título aclarativo, no podrán ser candidatas al premio empresas que no tengan su establecimiento principal en Cataluña ni operaciones iniciadas en el año pero no concluidas en el año correspondiente.
    11. Página del Concurso: significa el sitio de Internet del Concurso, disponible en la siguiente dirección de Internet: https://www.acg.org/spain donde los participantes podrán acceder a las presentes Bases. 
    12. Premio: tiene el significado que se le asigna en la cláusula quinta de las presentes Bases.