BASES 2023

 

BASES DEL “RECONOCIMIENTO ANUAL IESE BUSINESS SCHOOL/ACG AL MEJOR ASESORAMIENTO FINANCIERO EN OPERACIONES CORPORATIVAS” (EL “CONCURSO”)

 

 

  1. ORGANIZADORES

La organización del presente Concurso corre a cargo de la escuela de negocios IESE Business School, perteneciente a la Universidad de Navarra, con domicilio social en Barcelona, Avenida Pearson, 21 y N.I.F. R-3168001J y la asociación ACG Barcelona, con domicilio social en Barcelona, Beethoven, 15 4ta planta (08021) y N.I.F. G.65451718 (en adelante, “IESE”, “ACG” o, conjuntamente, las “Organizadoras”).

 

  1. ÁMBITO TEMPORAL

El Concurso se celebrará con carácter anual.

Las Organizadoras harán público el nombre del asesor financiero que hubiera asesorado en la Operación Corporativa ganadora del Premio, en la Ceremonia de Entrega y en la Página del Concurso que se determinará y tendrá lugar en la cena de Navidad que organiza cada año ACG Barcelona, o en cualquier otro evento que las Organizadoras acuerden, incluida la propia sesión de continuidad relativa al Premio anterior.

No obstante lo anterior, la fecha de la celebración del Premio podría verse modificada por causas ajenas a las Organizadoras.

 

  1. OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DEL CONCURSO
    1. El objeto del Concurso consiste en premiar a aquel asesor financiero que mediante su participación en la Operación Corporativa seleccionada haya contribuido al desarrollo del mercado de M&A en España.
    2. Los Criterios de Selección seguidos para escoger a la mejor Operación Corporativa y al mejor asesoramiento serán los siguientes (los “Criterios de Selección”):
  • La estrategia seguida en la conclusión de la Operación Corporativa; 
  • La preparación y el diseño de la Operación Corporativa y, en definitiva, la generación de la misma;
  • La complejidad de la Operación Corporativa;
  • El carácter innovador o novedoso de la Operación Corporativa; y
  • Las necesidades de financiación requerida por la Operación Corporativa, así como el valor de la misma.

 

  1. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
    1. Podrán participar en el presente Concurso los asesores financieros que hayan participado en una Operación Corporativa en la que al menos una de las partes sea española, y que haya tenido lugar durante el año anterior a la concesión del Premio.
    2. La participación en el Concurso es gratuita.
    3. El Premio objeto del Concurso tiene carácter personal e intransferible, por lo que en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición del ganador, sin que quepa su cesión a terceros.
    4. Las Organizadoras se reservan el derecho de modificar o ampliar estas Bases, en cualquier momento.
    5. Las Organizadoras quedarán eximidas de toda obligación o compensación hacia los participantes en el Concurso si por causa de fuerza mayor o imperativo legal, el Concurso hubiera de ser anulado o suspendido.
  2. PREMIO

El presente Concurso está dotado con un premio consistente en la preparación de un artículo presentado en una sesión de continuidad por parte de IESE[1], en cuya organización participarán las Organizadoras, además de un obsequio de carácter conmemorativo (en adelante, el “Premio”).

 

  1. PROCESO
    1. No más tarde del mes de noviembre de cada año, la Junta Directiva de ACG Barcelona propondrá un mínimo de seis (6) candidatos (Operación Corporativa y su correspondiente asesor financiero) al Jurado. En la selección de los antedichos candidatos no tendrán derecho de voto aquellos miembros de la Junta Directiva de ACG que sean asesores financieros.
    2. El Jurado designará al asesor ganador y al asesor finalista.
    3. Tanto la Junta Directiva de ACG Barcelona como el Jurado evaluarán los candidatos teniendo en cuenta los Criterios de Selección.
    4. El Jurado queda facultado para resolver cualquier aspecto no previsto en las presentes Bases.
    5. El veredicto del Jurado será irrevocable (salvo por lo previsto en el apartado 7.2 siguiente).
    6. El Premio nunca podrá recaer en un miembro del Jurado.

 

  1. ELECCIÓN DE LOS CANDIDATOS

 

    1. El veredicto del Jurado será comunicado al asesor ganador con anterioridad a la Ceremonia de Entrega.
    2. El asesor ganador deberá confirmar la aceptación del Premio y la asistencia a la Ceremonia de Entrega. Del mismo modo, el asesor ganador deberá comprometerse a colaborar con IESE para la preparación de la sesión de continuidad correspondiente. La negativa a aceptar el Premio y/o a asistir a la Ceremonia de Entrega, así como a colaborar con la preparación de la sesión de continuidad, facultará a las Organizadoras para designar como ganador a aquél de los candidatos que haya quedado finalista (esto es, en segundo lugar) en la votación del Jurado.

Si este segundo asesor también se negase a aceptar el Premio y/o a asistir a la Ceremonia de Entrega, así como a colaborar con la preparación de la sesión de continuidad, el Concurso quedará desierto ese año.

La aceptación del Premio implica el compromiso del ganador de colaborar y participar activamente en la preparación de la sesión de continuidad.

La entrega del Premio se llevará a cabo durante la Ceremonia de Entrega.

Para la concesión del Premio al asesor ganador, también será necesario que las empresas participantes en la Operación Corporativa asesorada por el ganador presten su consentimiento a la preparación de la sesión de continuidad. Si alguna de las antedichas empresas denegase su consentimiento, las Organizadoras podrán designar como ganador al asesor que haya quedado finalista. Si las empresas participantes en la operación asesorada por el finalista también denegasen su consentimiento, el Concurso quedará desierto ese año.

  1. DERECHOS DE IMAGEN

Al aceptar el Premio, el ganador y las empresas participantes en la operación asesorada autorizan a IESE a escribir el artículo y a preparar la sesión de continuidad, en las condiciones en que se preparan y presentan actualmente (y se puedan preparar y presentar en el futuro) las sesiones de continuidad en IESE, y a IESE y a ACG para que con la finalidad de promocionar y difundir el Premio, la operación y asesor seleccionados y/o los fines y actividades de IESE y de ACG: (i) capten la imagen, voz y/o declaraciones durante de la Ceremonia de Entrega así como durante cualquier acto previo o posterior a dicha ceremonia que esté, directa o indirectamente, relacionado con la misma; y (ii) reproduzcan y/o fijen todo lo anterior, en todo o en parte, de forma audiovisual, video-gráfica, fotográfica o en papel, entre otras formas.

  1. DEFINICIONES

 

    1. ACG: significa la asociación ACG Barcelona, quien es, a su vez, la coorganizadora del Concurso, junto con IESE.
    2. Bases: significa las presentes bases.
    3. Ceremonia de Entrega: es la ceremonia en la que será comunicado públicamente el nombre del ganador del Premio, y en el que dicho ganador aceptará el Premio. La ceremonia podrá coincidir con la cena de Navidad que organiza cada año ACG Barcelona, o con cualquier otro evento que las Organizadores acuerden, incluida la propia sesión de continuidad relativa al Premio anterior.
    4. Concurso: significa el concurso “Reconocimiento Anual IESE/ACG al mejor Asesoramiento Financiero en Operaciones Corporativas”, organizado por IESE y por ACG, bajo los términos y condiciones descritos en estas Bases.
    5. Criterios de Selección: tiene el significado que se le asigna en la cláusula tercera de las presentes Bases.
    6. IESE: significa la escuela de negocios IESE perteneciente a la Universidad de Navarra, quien es, a su vez, la coorganizadora del Concurso, junto con ACG.
    7. Jurado: significa el jurado independiente encargado de seleccionar al ganador del Concurso entre las operaciones y asesores propuestos por la Junta Directiva de ACG Barcelona de conformidad con lo establecido en las presentes Bases. Estará formado por tres (3) miembros designados por IESE más tres miembros designados por las Juntas Directivas de ACG Barcelona. El Presidente será elegido de entre los miembros designados por IESE. El Secretario será un abogado designado por la Junta Directiva de ACG, que no será miembro del Jurado, por lo que tendrá derecho de voz pero no de voto.
    8. Operación Corporativa: significa cualquier operación corporativa (compraventas, tomas de participación, fusiones y similares) concluida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior a la concesión del Premio, en la que al menos una de las partes sea española.
    9. Página del Concurso: significa el sitio de Internet del Concurso, disponible en la siguiente dirección de Internet: https://www.acg.org/barcelona donde los participantes podrán acceder a las presentes Bases. 
    10. Premio: tiene el significado que se le asigna en la cláusula quinta de las presentes Bases.